El gobierno de Estados Unidos formalizó las solicitudes de extradición que incluyen al gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, misma que ya fue anunciada a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), que confirmó que recibió solicitudes de detención provisional con fines de extradición.
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De este caso, el gobierno de Estados Unidos presentó también numerosas solicitudes de extradición de "diversas personas", que forman parte de la administración estatal y ayuntamientos de Sinaloa.
En un comunicado, la SRE confirmó que recibió solicitudes de detención provisional con fines de extradición que serán turnadas a la FGR, pero que en dichos documentos no se anexan pruebas.
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¿Cuál es la situación de posible extradición de Rocha hacia Estados Unidos?
Relaciones Exteriores detalló que el caso ya fue turnado a la Fiscalía General de la República (FGR), esto en cumplimiento de la Ley de Extradición Internacional.
Por lo anterior, será la FGR la instancia encargada de analizar la viabilidad de las peticiones conforme al sistema jurídico nacional y determinar si existen fundamentos probatorios sólidos para proceder con las capturas de las personas involucradas, entre las que se encuentran servidores públicos de Sinaloa.
¿Cómo sería el proceso de detención y extradición de un gobernador?
Cabe destacar que, para que un gobernador en funciones en México sea detenido y entregado a las autoridades de Estados Unidos, se debe llevar a cabo un camino jurídico complejo, que involucra leyes nacionales e internacionales.
Este es el marco legal:
1. Tratado de Extradición entre México y EU
Este es el pilar internacional. Establece que ambos países se comprometen a entregar a personas que sean requeridas por delitos graves cometidos en el otro territorio.
Requisito: El delito debe ser considerado crimen en ambos países (doble criminalidad). El narcotráfico y la asociación delictuosa cumplen con esto bajo el Código Penal Federal mexicano.
2. Ley de Extradición Internacional
Es la ley mexicana que regula el procedimiento. Dicta que, una vez que la Cancillería recibe la petición de EU, debe enviarla a la Fiscalía General de la República (FGR). Un juez federal debe emitir una orden de detención provisional con fines de extradición.
3. El desafuero (declaratoria de procedencia)
Este es el punto más crítico en el caso de Rubén Rocha Moya. Según el Artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los gobernadores tienen fuero.
- Procedimiento: Para que la FGR pueda detenerlo, la Cámara de Diputados federal tendría que votar para retirar la inmunidad.
- Soberanía estatal: Debido a reformas recientes, la decisión final de "remover" el fuero para que sea entregado recae en el Congreso del Estado de Sinaloa. Si el congreso local se niega, el gobernador no puede ser detenido hasta que termine su encargo.
4. Ley General de Responsabilidades Administrativas
Si se comprueba la malversación de recursos o nexos con el crimen, se pueden aplicar sanciones que inhabiliten al funcionario, facilitando su separación del cargo y su posterior puesta a disposición de los jueces.
5. Proceso paso a paso (el camino legal para la separación del cargo)
- Petición diplomática: El Departamento de Estado de EU envía la solicitud a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
- Opinión jurídica: Un juez federal revisa que la solicitud cumpla con los requisitos del Tratado.
- Juicio de desafuero: Se inicia el proceso en el Congreso para quitarle la protección legal al gobernador.
- Ejecución: Una vez sin fuero, elementos de la Policía Federal Ministerial (FGR) realizan la captura.
- Entrega: El Ejecutivo Federal (la Presidenta o el Presidente) firma el acuerdo de extradición tras agotarse los juicios de amparo que la defensa seguramente promoverá.
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