Dan 11 años de prisión a un hombre por abuso sexual en Ciudad Altamirano

Las autoridades de Guerrero presentaron pruebas de que el sujeto acusado cometió abuso sexual contra un menor de edad

Redacción
Policiaca
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Crédito: Pexels

La Fiscalía de Guerrero informó que se dictó sentencia contra un hombre llamado Marcelo “N” por el delito de abuso sexual a un menor de edad,

El ataque sexual ocurrió en marzo del 2020 en Ciudad Altamirano, Guerrero.

Las autoridades precisaron que se presentaron las pruebas necesarias para que el Juez de Primera Instancia llevara el caso y concluyó que el hombre es culpable, por lo que se le impuso una sentencia de 11 años de prisión, además de una cantidad de dinero como pago por reparación del daño.

Congreso de Guerrero aprobó agravantes en abuso sexual de menores


En abril del 2023 los diputados locales de Guerrero aprobaron un dictamen al Código Penal y la Ley para la Protección de las niñas, niños y adolescentes del estado, esto con la finalidad de establecer agravantes al delito de abuso sexual cometido contra menores de 18 años de edad.

Con esta acción se propuso elaborar un banco de datos que contenga estadísticas con perspectiva de infancia y adolescencia en casos de violencia familiar y sexual.

El informe publicado oficialmente en el sitio del Congreso guerrerense punta que México es el primer país en el mundo en cuanto índices de abuso sexual contra menores, superando los casi 600 mil casos; este dato viene de información proporcionada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).

El reporte abunda que en el país solo 100 de cada mil casos de abuso sexual contra menores de entre 5 y 7 años de edad son denunciados; de estos únicamente un 10 por ciento llega a manos de un juez, y sólo un uno por ciento recibe sentencia condenatoria.

¿Cuáles son las reformas al Código Penal en Guerrero?

Aumentarán las penas hasta en una mitad del máximo de la sanción si el delito es cometido en contra de una persona menor de 15 años de edad, en lugar de los 12 años estipulados por el ordenamiento hasta la fecha anterior a la reforma.

Se equipara a la violación y se sancionará de 10 a 40 años de prisión al que realice cópula sin violencia con una persona menor de 18 años de edad; anteriormente era a los 15 años.

La elaboración de un Banco de Datos que contenga estadísticas con perspectiva de infancia y adolescencia en cuestión de violencia familiar y sexual contra menores de 18 años.

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